En grado de apelación formulado por el demandado, por auto de vista de 8 de
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 68-69, interpuesto por José Vargas Baigorria, contra el auto de vista Nº 298 de 8 de julio de 2005 (fs. 60-61), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso laboral sobre beneficios sociales seguido por el recurrente contra la Alcaldía Municipal de El Torno, la respuesta de fs. 71-72, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia Nº 32 el 17 de marzo de 2005 (fs. 36-38), declarando probada la demanda de fs. 7, con costas ordenando que la entidad demandada, cancele al actor Bs. 7.824.-, por desahucio, indemnización y duodécimas de aguinaldo.
En grado de apelación formulado por el demandado, por auto de vista de 8 de julio de 2005 (fs. 60-61), se REVOCA la sentencia declarándose prescrita la acción, sin costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación formulado por el demandado, por auto de vista de 8 de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación planteado por el demandante, en el que se
- De otro lado, acusa mala interpretación y errónea aplicación de los arts
- Como casación en la forma, acusa que el tribunal de apelación concedió más de lo
- Concluyó indicando que este Tribunal case el auto de vista y declare ejecutoriada la sentencia
- CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, se debe recordar que,
- En ese entendido, previa revisión minuciosa de los documentos cursantes de fs. 1-9, se establece
- 2
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
