Al respecto, previa revisión minuciosa del expediente, se advierte que no es evidente la referida
Al respecto, previa revisión minuciosa del expediente, se advierte que no es evidente la referida nulidad, pues, consta a fs. 137 vta., el cargo de ingreso del expediente a despacho para sentencia el 1º de junio de 2004, habiéndose emitido dicha resolución judicial el 9 del mismo mes y año (fs. 138-140); es decir dentro el plazo establecido en el art. 79 y previo cumplimiento de lo normado en el art. 80 ambos del referido Código adjetivo laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales y otros, el
- En grado de apelación, formulada por el actor, mediante auto de vista Nº 208/2005 de
- Dicha resolución motivó el recurso de casación interpuesto por el demandante (fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- Que a este efecto y de la revisión del recurso de casación en el fondo,
- II
- Al respecto, previa revisión minuciosa del expediente, se advierte que no es evidente la referida
- Consiguientemente, se concluye que al no ser cierta la causal de nulidad referida en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
