POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 163-165, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales y otros, el
- En grado de apelación, formulada por el actor, mediante auto de vista Nº 208/2005 de
- Dicha resolución motivó el recurso de casación interpuesto por el demandante (fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- Que a este efecto y de la revisión del recurso de casación en el fondo,
- II
- Al respecto, previa revisión minuciosa del expediente, se advierte que no es evidente la referida
- Consiguientemente, se concluye que al no ser cierta la causal de nulidad referida en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
