Concluye solicitando se anule el proceso hasta el estado en que se dicte nuevo auto
Concluye solicitando se anule el proceso hasta el estado en que se dicte nuevo auto de vista sin tomar en cuenta las pruebas cursantes a fs. 88 a 102 y 107, por haber sido presentadas extemporáneamente o alternativamente casar el auto de vista recurrido, dejando sin efecto las liquidaciones reproducidas de memoria por el Tribunal de alzada, copiadas de la demanda de fs. 8-9, por la inexistencia de pruebas, manteniendo firme y subsistente la sentencia de primera instancia de 23 de junio de 2003 de fs. 110-112
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- Que, contra el auto de vista, la parte demandada, interpone a fs
- Como argumento de fondo, trascribe el art
- Concluye solicitando se anule el proceso hasta el estado en que se dicte nuevo auto
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis, se tiene
- Que, El Tribunal ad quem, aplicando el principio de veridicidad, con el único fin de
- Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas corresponde resolver el recurso en la forma prevista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr.Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
