Auto Supremo AS/1425/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1425/2006

Fecha: 12-Dic-2006

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no


CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado, estableciéndose lo siguiente:

I.- El objeto de la controversia del recurso de casación, radica en el hecho de haberse dispuesto en las resoluciones de grado, el pago del total de las primas por la última gestión a favor de los demandantes, porque presuntamente los documentos de fs. 162-167, demuestran que el importe de las utilidades no permite cumplir a cabalidad las previsiones del art. 3º de Ley de 11 de junio de 1947; es decir, que no alcanzan para cancelar un mes de sueldo o salario a todos los trabajadores, porque rebasarían el porcentaje establecido por el art. 49 del D.R. de la L.G.T., consiguientemente, en cumplimiento a la parte final de dicha norma, correspondería la distribución de dicho importe a prorrata entre todos los trabajadores