POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 95
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de pago de vacaciones y aguinaldo, la Jueza
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, por auto de
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en la forma, interpuesto por la representante de
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recuso, ingresando a su análisis en relación a los
- II
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
