Auto Supremo AS/0115/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0115/2006

Fecha: 20-Abr-2006

Estas consideraciones sobre el delito de transporte de sustancias controladas, así como las otras expuestas


Estas consideraciones sobre el delito de transporte de sustancias controladas, así como las otras expuestas precedentemente, determinan afirmar categóricamente que la conducta del recurrente ha sido correctamente subsumida al tipo penal previsto en el artículo 55 de la Ley Nº 1008, a mas de haber concurrido las previsiones del artículo 33 inciso ll) y 35 de esta Ley, pues la droga incautada y encontrada en poder del imputado se constituye en suficiente prueba para que el Tribunal de Apelación, dando aplicación al artículo 413 del Código de Procedimiento Penal haya pronunciado la resolución de fojas 122 a 123, habiéndose impuesto en contra del imputado la pena mínima tomando en cuenta precisamente las previsiones de los artículos 38, 39 y 40 del Código Penal, con absoluto respeto de todos los derechos y garantías constitucionales favorables a la persona sometida a juzgamiento, de donde resulta que no son ciertas las violaciones o transgresiones acusadas en el recurso en estudio por el procesado, ahora recurrente, habiéndose resuelto el recurso de apelación restringida en estricta sujeción a lo determinado por el artículo 398 del Código Penal Adjetivo