POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Dr. Jaime Ampuero García, Ministro y Presidente de la Sala Penal Primera, convocado al efecto, en uso de la atribución conferida por el artículo 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, en aplicación de la segunda parte del artículo 419 de la Ley Nº 1970, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuestos de fojas 72 a 74 por Celestino Mamani Fernández
- DISTRITO: Oruro
- PARTES: Ministerio Público c/ Celestino Mamani Fernández
- Transporte de sustancias controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- CONSIDERANDO: Que del estudio del recurso formulado por el imputado, se tiene que de fojas
- CONSIDERANDO: Que el imputado Celestino Mamani Fernández contra la resolución del Tribunal de Alzada formula
- Con el propósito de expresar el sentido jurídico contradictorio del Auto de Vista de 27
- CONSIDERANDO: Que así fundamentado el recurso, fue formalmente admitido por Auto Supremo Nº 85 de
- Que en la especie, el imputado, fue detenido en posesión de 2000 grs
- Estas consideraciones sobre el delito de transporte de sustancias controladas, así como las otras expuestas
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- RELATORA: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Sucre veinte de abril de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
