CONSIDERANDO: que el imputado Douglas Alejandro Chávez formuló Recurso de Casación impugnando el referido Auto
CONSIDERANDO: que el imputado Douglas Alejandro Chávez formuló Recurso de Casación impugnando el referido Auto de Vista, recurso que fue admitido por Auto Supremo No 92 de 21 de marzo de 2005 cursante de fojas 130 a 131 de obrados, correspondiendo al máximo Tribunal de Justicia ingresar a su análisis dentro del marco establecido por el Artículo 3° del Código de Procedimiento Penal para resolverlo en alguna de las formas establecidas por el artículo 419 de igual cuerpo de leyes
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 123 a 124 interpuesto por Douglas Alejandro Chávez,
- Que el representante del Ministerio Público, de fojas 108 a 109, hace uso del recurso
- CONSIDERANDO: que el imputado Douglas Alejandro Chávez formuló Recurso de Casación impugnando el referido Auto
- CONSIDERANDO: que de la revisión del recurso de fojas 123 a 124, se establece que
- Solicita a este Tribunal "Revocar" el Auto de Vista impugnado y "confirmar" la sentencia de
- CONSIDERANDO: que del estudio de los antecedentes procesales se evidencia que en autos existen violaciones
- Las autoridades judiciales, tanto en la tramitación de las causas, cuanto en la resolución de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- Para fines del Artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítase copia del presente Auto
- RELATOR: MINISTRO DR. JAIME AMPUERO GARCIA
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre 24 de abril de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
