Auto Supremo AS/0122/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2006

Fecha: 24-Abr-2006

Las autoridades judiciales, tanto en la tramitación de las causas, cuanto en la resolución de


DOCTRINA LEGAL APLICABLE.-

Las autoridades judiciales, tanto en la tramitación de las causas, cuanto en la resolución de los recursos que la ley franquea están en la obligación ineludible de garantizar la realización de un proceso justo en el que se respeten y preserven todos los derechos y garantías fundamentales, así como el estricto cumplimiento de la normativa procesal penal que obliga a los operadores de justicia respetar cada uno de los preceptos a los cuales debe ajustar su actividad. El incumplimiento y omisión implica vulneración a los derechos de las partes intervinientes en el proceso, así como la igualdad de éstos ante la ley, el acceso a la justicia previstos en los artículos 6. I, 16: II, 116-X, 228 de la norma constitucional, concordante con la previsión de los artículos 8 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, cuya inobservancia pone en riesgo la paz social, así como la pacífica convivencia por la inseguridad jurídica que con lleva