Auto Supremo AS/0162/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0162/2006

Fecha: 04-May-2006

Como precedente contradictorio, invocan el Auto Supremo Nº 60/01 de 18 de enero de 2001,


2.- Que, el Tribunal Ad quem, en la resolución apelada, III (tercer) considerando, párrafo cuarto establece que: "El tribunal de alzada no puede ingresar a valorar la prueba aportada en el transcurso del juicio oral, de modo que la competencia del tribunal superior en grado, esta delimitada a defectos relacionados con aspectos puramente técnicos,..."; que en el recurso de apelación restringida, propusieron nueva prueba, sin embargo no fue considerada por el Tribunal de grado.

Como precedente contradictorio, invocan el Auto Supremo Nº 60/01 de 18 de enero de 2001, en cuanto a las omisiones