Auto Supremo AS/0162/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0162/2006

Fecha: 04-May-2006

Regístrese y devuélvase actuados al Tribunal de Alzada


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de los Arts. 59 inc. 1) de la Ley de Organización Judicial y segunda parte del Art. 417 y primer párrafo del Art. 418 de la Ley Nº 1970, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Jorge Vargas Zambrana y Mirtha Revollo de Vargas, de fojas 126 a 129 vuelta, por la falta de cumplimiento de los requisitos formales, exigidos en los Arts. 416 y 417 del mismo cuerpo legal.

Regístrese y devuélvase actuados al Tribunal de Alzada