Auto Supremo AS/0167/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2006

Fecha: 19-May-2006

III: Que, así analizados los antecedentes del proceso, se concluye que el auto de vista


II.- En el recurso de casación en la forma, se solicita la nulidad, porque presuntamente no se imprimió oportunamente el trámite para la admisión de prueba de reciente obtención, que fue ofrecida junto al memorial de fs. 82. Esa omisión, en base al principio de especificidad señalado en el art. 251 del Cód. Pdto. Civ., no amerita la nulidad de obrados, además de que fue subsanada en base al principio de preclusión instituido en el art. 3º inc. e) del Cód. Proc. Trab., al no haber sido observada oportunamente por el ahora recurrente.

III: Que, así analizados los antecedentes del proceso, se concluye que el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia y no se advierte ninguna violación o nulidad, correspondiendo aplicar los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., con la permisión de la norma remisiva del art. 252 del Cód. Proc. Trab