CONSIDERANDO: que Teófilo Guido Copare Cossio mediante memorial de fojas 50 a 55 solicita se
VISTOS: que el recurso de revisión de sentencia de fojas 50 a 55, interpuesto por Teófilo Guido Copare Cossio contra la sentencia de fecha 11 de noviembre de 2002 dictado por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal Liquidador de la ciudad de Cochabamba, dentro el proceso a citación directa seguido por Sonia Roxana Paniagua Montaño contra el recurrente y otro, por el delito de abuso de confianza previsto y sancionado por el artículo 346 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que Teófilo Guido Copare Cossio mediante memorial de fojas 50 a 55 solicita se revise la sentencia de fecha 11 de noviembre de 2002, manifestando:
1.- Que con posterioridad a la sentencia condenatoria ejecutoriada descubrió hechos preexistentes y elementos de prueba que demuestran que no cometieron ni él ni su hermano Gonzalo Silvio Copare Cossio el hecho ilícito tipificado como abuso de confianza incurso en el artículo 346 del Código Penal
- Revisión de sentencia
- CONSIDERANDO: que Teófilo Guido Copare Cossio mediante memorial de fojas 50 a 55 solicita se
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- CONSIDERANDO: que del examen del recurso de revisión de sentencia y los antecedentes se concluye
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en virtud del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
