CONSIDERANDO: que el recurrente Juan Carlos Araníbar Pinto, fundamenta su recurso y acusa de que
CONSIDERANDO: que el recurrente Juan Carlos Araníbar Pinto, fundamenta su recurso y acusa de que el Auto de Vista vulnera su derecho a la defensa y a la garantía del debido proceso, al habérsele negado audiencia oral para fundamentar la alzada, en la cual anunció presentar pruebas adicionales que justifiquen su recurso, así como presentar precedentes contradictorios al Auto de Vista impugnado, habiéndose inobservado los artículos 407, 408 y 411 del Código de Procedimiento Penal. Resolución que contradice al Auto Supremo Nº 580 de 4 de octubre de 2004
- CONSIDERANDO: que de fojas 684 a 691, el Tribunal de Sentencia de Quillacollo del Departamento
- CONSIDERANDO: que el recurrente Juan Carlos Araníbar Pinto, fundamenta su recurso y acusa de que
- CONSIDERANDO: que de la revisión y análisis del cuaderno procesal se establece que el memorial
- En el caso de Autos el Tribunal de alzada viola el Derecho a la Defensa
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- De la misma manera a los efectos de lo previsto por el artículo 420 del
- CAPOBIANCO
- Sucre, veintiocho de junio de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
