Cuando, como ocurre en el caso de autos, se formula el recurso de casación sin
Cuando, como ocurre en el caso de autos, se formula el recurso de casación sin fundamentar de manera adecuada, en términos claros, concretos y precisos las violaciones o aplicación falsa o errónea de la ley y, por el contrario, se lo hace de manera confusa e incongruente, corresponde declararlo improcedente. Sin embargo de ello, este Tribunal pasa a analizar el mismo, dentro de las limitaciones que se observa, sólo con la finalidad de dar a conocer la posición de este Tribunal, con relación a las acusaciones contenidas en él
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la demandante, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte
- CONSIDERANDO II: Que, en primer término, debe recordarse que el recurso de casación se equipara
- Cuando, como ocurre en el caso de autos, se formula el recurso de casación sin
- En ese entendido, expuestos que fueron los fundamentos del recurso y del análisis de los
- Por lo expuesto, corresponde dar aplicación a lo establecido por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin lugar a la regulación de honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
