Auto Supremo AS/0131/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2006

Fecha: 17-Jul-2006

Agrega el Ministro Dr


Agrega el Ministro Dr. Julio Ortiz Linares: Que la declaratoria de legalidad del recurso de compulsa interpuesto en este proceso, ante la negativa del tribunal superior de conceder el recurso de casación que nos ocupa, fue la reserva legal del art. 255-2) del Código de Procedimiento Civil, por tratarse de un auto de vista anulatorio. Sin embargo, el fundamento del tribunal ad quem para determinar la negativa, fue que el auto impugnado no se encontraba dentro de los alcances del art. 255 del precitado adjetivo civil