Auto Supremo AS/0374/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0374/2006

Fecha: 10-Jul-2006

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2.- No obstante la claridad del fallo, de las disposiciones legales en que se sustenta y la correcta valoración de la prueba realizada tanto por el Juez de primera instancia como del Tribunal de apelación, el representante de la empresa demandada, en el recurso de casación sigue mencionado que la actora renunció voluntariamente a su trabajo según se tiene de la documental de fs. 8, además que por su inconducta incurrió en la causal e) del art. 16 de la L.G.T., extremos ya examinados por los de instancia a través de las literales de fs. 12, 13 y 14, por las cuales se demostró que el retiro de la trabajadora no fue voluntario, sino que fue intempestivo, que no incurrió en la causal aludida, porque su trabajo fue desempeñado con responsabilidad e idoneidad y que la empresa demandada al no presentar sus balances, de acuerdo al art. 66 y 150 del Cód. Proc. Trab, se entiende que percibió utilidades