CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 345-346, interpuesto por Yolanda Aguilera Lijerón, apoderada legal de la Honorable Alcaldía Municipal de Porongo, contra el auto de vista de 10 de abril de 2002 (fs. 341), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Fátima Marisol Fuentes Melgar por sí y sus poderdantes Ricardo Villarroel Solíz, Patricia Rodríguez Avendaño y Gregorio Richard Gonzáles Ayala, contra el Municipio que representa la recurrente, la respuesta de fs. 348, el dictamen fiscal de fs. 352-353, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 6 de octubre de 2001 (fs. 311-312), declarando probada la demanda de fs. 20-21, ordenando que la Alcaldía demandada a través de su representante legal, pague por concepto de beneficios sociales, a favor de Ricardo Villarroel Solíz Bs. 13.962,53.-, para Patricia Rodríguez Avendaño Bs. 4.203,50.-, a Fátima Marisol Fuentes Melgar Bs. 8.952,59.- y para Gregorio Richard Gonzáles Ayala Bs. 3.713,87
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista de 10 de abril de 2002 (fs
- Que, contra el auto de vista, el Municipio demandado, a través de su apoderada legal,
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
- II
- Consecuentemente, al advertirse la indebida aplicación de leyes sustantivas, queda abierta la competencia del Tribunal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, conforme convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
