En grado de apelación, por auto de vista Nº 035/03 de 7 de marzo de
En grado de apelación, por auto de vista Nº 035/03 de 7 de marzo de 2003 (fs. 171-172), se confirma en parte la sentencia apelada, disponiendo la reliquidación de beneficios sociales a favor del actor, por concepto de desahucio, indemnización, duodécimas de aguinaldo, vacación por 27 días, 192 horas extras y devolución de descuentos, menos finiquito, estableciendo el monto a pagar de Bs.- 12.883,03.-, más la suma de $us.- 401,89.-, por descuentos indebidos
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 035/03 de 7 de marzo de
- 1
- b)
- 2
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
