Que, la jurisprudencia y la doctrina han establecido que el recurso de casación es un
Que, la jurisprudencia y la doctrina han establecido que el recurso de casación es un recurso extraordinario, que la ley concede a los litigantes para que puedan invalidar una sentencia o auto definitivo cuando en éste se hubiere infringido una ley, no siendo suficiente que el recurrente se limite a efectuar una relación de los hechos y una simple cita de leyes supuestamente infringidas o erróneamente aplicadas, olvidando que el Art. 416 de la misma ley, determina: "El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema"
- PARTES : Victoria Torrico de Terceros c/ Aída Terceros de Pereyra
- Calumnia y otro
- Contra la citada resolución de fojas 19 a 21, la acusadora particular interpone el recurso
- CONSIDERANDO: que, Victoria Torrico de Terceros, recurre de casación de fojas 60 a 61 vuelta,
- 2
- 3
- CONSIDERANDO: que, si bien la recurrente, interpone el recurso dentro del término de los cinco
- Que, la jurisprudencia y la doctrina han establecido que el recurso de casación es un
- Regístrese y devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
