En lo fundamental, se ha evidenciado que, desde el 19 de enero de 2004, fecha
En lo fundamental, se ha evidenciado que, desde el 19 de enero de 2004, fecha en que fueron recibidos los obrados de fojas 79 para la resolución de la apelación restringida, hasta el sorteo de 27 de septiembre de 2004, han transcurrido más de siete meses, aspecto que contraviene el artículo 411 con relación al artículo 130 del Código de Procedimiento Penal, por lo que, siendo los plazos improrrogables y perentorios, los mismos deben respetarse
- PARTES : Ministerio Público c/ Wilson Carballo Montaño
- Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: el memorial de fojas 214 a 219 interpuesto por Wilson Carballo Montaño solicitando al
- CONSIDERANDO: que Wilson Carballo Montaño solicita extinción de la acción penal señalando que toda persona
- Que la sentencia absolutoria fue apelada por el representante del Ministerio Público en fecha 24
- CONSIDERANDO: que de la revisión de los antecedentes del proceso, se llega a comprobar: a)
- El imputado en la etapa de reposición del juicio oral cambió de domicilio, hecho que
- En lo fundamental, se ha evidenciado que, desde el 19 de enero de 2004, fecha
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- de la Sala Penal Segunda (En suplencia legal).
