Auto Supremo AS/0355/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2006

Fecha: 29-Ago-2006

VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Francisco Quispe Torres y Justa Rodríguez de Quispe

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 355 Sucre, 29 de agosto de 2006

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ministerio Público c/ Francisco Quispe Torres y otra

estelionato

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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Francisco Quispe Torres y Justa Rodríguez de Quispe de fojas 241 y vuelta, impugnando el Auto de Vista Nº 146/06 de 1º de marzo de 2006, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz de fojas 231 a 232, dentro del proceso penal que por el delito de estelionato siguió el Ministerio Público en contra de los recurrentes, sus antecedentes, y:

CONSIDERANDO: que para que el Tribunal de casación declare la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 de la Ley Nº 1970, vale decir, que el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro de los cinco días computables a partir de la notificación con el Auto de Vista objeto de la apelación, precisando los hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.

Asimismo, este Tribunal abre excepcionalmente su competencia casacional, cuando entre los motivos que denuncia el recurrente, existen graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyen defectos absolutos no susceptibles de convalidación, flexibilizando los requisitos del recurso, en pro de la justicia, como fin último del derecho