POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., en cumplimiento a los arts. 271 inc. 4) y 274 del Pdto. Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo, CASA el auto de vista No. 011/2003 SSA-III de 1 de febrero de 2003 (fs. 568-569) y auto complementario No. 70/2003 SSA-III de 1 de marzo de 2003 (fs. 571 vta.) y, deliberando en el fondo, mantiene firme y subsistente la sentencia No. 063/2001 de 8 de mayo de 2001 de fs. 294-298; sin responsabilidad por ser excusable
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Dichos fallos motivaron el recurso de nulidad y casación de fs
- I
- II
- CONSIDERANDO III: Que, del estudio del recurso corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
- Consiguientemente, se hace imperiosa la aplicación de los arts
- En definitiva, se concluye que lo dispuesto por el tribunal de alzada, mediante el auto
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
