Auto Supremo AS/0557/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2006

Fecha: 10-Ago-2006

1)


CONSIDERANDO III: Que, en consecuencia, corresponde analizar si lo denunciado es evidente o no, de cuyo análisis y compulsa del proceso, se colige lo siguiente:

1).- Que, la excepción de incompetencia opuesta por Unicen, contenida en el inc. a) del art. 127 del Código Procesal del Trabajo, concordante con art. 336 inc. 1) del Pdto. Civil; en los hechos resulta un presupuesto jurídico procesal que atañe a la competencia del Juzgador, siendo de vital importancia determinar si el juez laboral es competente o no para el conocimiento y resolución del proceso que motiva la litis. En la práctica procesal, constituyen realidades impeditivas, modificatorias del derecho del actor, son de previo y especial pronunciamiento y están sujetas a un procedimiento especial, entre las que se encuentran: el plazo para su interposición que debe ser antes de contestar la demanda; deben oponerse todas juntas, conforme establece el art. 128 del referido cuerpo normativo laboral