CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 542-545, interpuesto por José Manuel Farfán Chávez, en representación de la COMIBOL, contra el auto de vista Nro. 49/2003 de 19 de julio de 2003, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, cursante a fs. 538-540, y la adhesión al recurso de casación contenida en el memorial de respuesta de fs. 550-554, formulado por René Paredes Martínez, todo dentro el proceso social seguido por René Paredes Martínez contra la COMIBOL; las respuestas de fs. 550-554 y 556-557, el auto concesorio de los recursos de fs. 557 vlta., el Dictamen del Fiscal General de la República de fs. 573-574, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tupiza, emitió sentencia en fecha 2 de mayo de 2003, a fs. 507-511, declarando probada en parte la demanda, con costas, ordenando que la COMIBOL, a través de su representante legal, cancele en favor de René Paredes Martínez la suma de Bs. 43.037,37 por concepto de reajustes salariales, indemnización, desahucio, aguinaldo, vacaciones y viáticos
- DISTRITO: Potosí PROCESO: Social
- PARTES: René Paredes Martínez c/ Corporación Minera de Bolivia COMIBOL
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por ambas partes, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior
- CONSIDERANDO II: Que, ingresando a considerar el recurso de casación y la "adhesión", se tiene
- Al respecto, en primer término debe resaltarse la notoria y permanente contradicción en la que
- Consecuentemente, corresponde dar aplicación a lo establecido en el art
- II. "Adhesión" al recurso de casación, formulada por René Paredes Martínez
- En cuanto se refiere a la "adhesión" al recurso de casación, contenida en el Otrosí
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
