Auto Supremo AS/0577/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2006

Fecha: 10-Ago-2006

Por último, corresponde recordar que complementariamente a estas normas el art


Por último, corresponde recordar que complementariamente a estas normas el art. 158 del mencionado Cód. Adjetivo Laboral, establece que el Juez, no esta sujeto a la tarifa legal de las pruebas, y por tanto debe formar libremente su convencimiento inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del proceso y la conducta procesal de las partes, debiendo para ello fundamentar los hechos y circunstancias que causaron su convencimiento