Auto Supremo AS/0579/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2006

Fecha: 10-Ago-2006

CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso corresponde analizar si lo denunciado es evidente o


CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso corresponde analizar si lo denunciado es evidente o no, de cuyo análisis y compulsa se tiene:

I.- En el recurso de casación en el fondo, amparado en el art. 258 del Pdto. Civil, el recurrente en síntesis señala que la resolución de segunda instancia contiene disposiciones contrarias, que sólo apelaron dos de los cinco demandantes, que además dicha apelación no cumple con los requisitos de fundamentación de agravios, que con relación a quienes no apelaron se habría ejecutoriado la sentencia; que el auto de vista se basa en el principio "in dubio pro operario", citando el art. 3 inc. g) de la L.G.T., (lo correcto era del Cód. Proc. Trab.); luego que se hizo mención a persona extraña al proceso; finalmente que no procede el desahucio ni hubo tácita reconducción, porque el contrato no fue a plazo fijo, sino por ejecución de una determinada obra y que no existió retiro injustificado