CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: Los recursos de casación de fs. 183-187 y 191-193, interpuestos, el primero, por José Cossío Narváez, Humberto Zamora Castedo, Javier Sánchez y César Cornejo Montellano, en representación del Club Deportivo y Cultural "Unión Central" y, el segundo, por Milton Salinas, en representación de Fernando Salinas de los Ríos, ambos contra el auto de vista de 1 de agosto de 2003 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, cursante a fs. 178-179, dentro el proceso social seguido por Félix Fernando Salinas de los Ríos contra el Club Deportivo y Cultural "Unión Central"; la respuesta de fs. 191-192, el auto concesorio de los recursos de fs. 193 vlta., los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia en 16 de noviembre de 2002, a fs. 141-142, declarando probada la demanda, con costas, disponiendo que el Club Deportivo y Cultural "Unión Central" pague en favor del demandante la suma de $us. 12.430 por concepto de desahucio, sueldos devengados, prima y premio
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- CONSIDERANDO II: Que, ingresando a la consideración y análisis de los recursos de casación formulados,
- Por tanto, careciendo los recurrentes de la suficiente capacidad legal para representar en juicio a
- Aplicando lo establecido por el art
- Ahora bien, el pago de la prima está reconocido por ley cuando existen utilidades al
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
