Auto Supremo AS/0608/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2006

Fecha: 10-Ago-2006

Que, revisando el recurso no precisa en qué efecto ha interpuesto, ni cumple a cabalidad


Que, revisando el recurso no precisa en qué efecto ha interpuesto, ni cumple a cabalidad los requisitos de técnica procesal, simplemente plantea como recurso de nulidad, debiendo entenderse que se trata de casación en la forma, por el cual expresa que el auto de vista incurre en infracción de los arts. 158, 159 y 200 del Cód. Proc. Trab., al no tomar en cuenta la carta de la actora de 23 de enero de 2002 (fs. 12) referente a la solicitud de licencia por razones de salud para someterse a una operación dando a luz a su bebé, luego que no comunicó su embarazo con certificado médico acreditando el tiempo de gestación a efecto de otorgarle los subsidios; también denuncia aplicación indebida de los arts. 13 y 16 de la L.G.T., señalando que la ex trabajadora desde que presentó la carta de licencia, no retornó más a su fuente de trabajo y que no es evidente el retiro intempestivo y no siendo despedida no le corresponde desahucio ni indemnización de beneficios sociales; finalmente alega interpretación errónea del art. 2 del D.L. No. 16187 de 16 de febrero de 1979, que no permite más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, que la actora ni siquiera cumplió su segundo contrato por el abandono al trabajo sin comunicar su situación de embarazo, por lo que tampoco le correspondería el pago de subsidios de lactancia