Auto Supremo AS/0618/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2006

Fecha: 10-Ago-2006

CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes procesales, de lo fundamentado en el auto


CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes procesales, de lo fundamentado en el auto de vista recurrido y los fundamentos expuestos en el recurso, se llega a la siguiente conclusión:

En primer término habrá que recordar que el art. 2 de la Ley 16187 de 16 de febrero de 1979, en cuanto a la forma de celebración de los contratos de trabajo, con claridad establece que "a falta de estipulación escrita, se presume que el contrato es por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario"