CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso, este Tribunal
Concluye demandando CASACION del Auto de Vista.
CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso, este Tribunal establece:
Que a fs. 448 vta. el Juez A Quo, admitió la prueba literal y negó la admisión de la prueba testifical ofrecida por el demandado en el memorial de fs. 438-439, decisión que fue demandada en reposición con alternativa de apelación por parte del demandado ahora recurrente (fs. 463-465). Negada la reposición y concedido el recurso en el efecto devolutivo, el Tribunal Ad Quem expidió el Auto de Vista Nº 110/2003 de 15 de abril de 2003, cursante a fs. 542, por el que REVOCA en parte el decreto de rechazo y dispone que el Juez A Quo admita la prueba testifical
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa violación de los arts
- CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso, este Tribunal
- Que el Juez A Quo, en la tramitación de lo principal de la causa, expidió
- Los antecedentes así tenidos, informan que el Tribunal Ad Quem, no vulneró los dispositivos legales
- En lo demás, no se advierten las infracciones acusadas por el recurrente, por cuanto, en
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra fundados los motivos expuestos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
