Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra fundados los motivos expuestos
Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra fundados los motivos expuestos en el recurso para hacer cabida a la casación impetrada, correspondiendo observar la disposición contenida en el art. 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en la materia con la permisión de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa violación de los arts
- CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso, este Tribunal
- Que el Juez A Quo, en la tramitación de lo principal de la causa, expidió
- Los antecedentes así tenidos, informan que el Tribunal Ad Quem, no vulneró los dispositivos legales
- En lo demás, no se advierten las infracciones acusadas por el recurrente, por cuanto, en
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra fundados los motivos expuestos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
