CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa errónea interpretación de la ley y errónea valoración
CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa errónea interpretación de la ley y errónea valoración de la prueba, con los siguientes argumentos:
a) Interpretación errónea del art. 202 del Código Procesal del Trabajo, que previene que la Sentencia recaerá sobre los puntos litigados y que constará de una parte considerativa y resolutiva y que el auto de vista debe circunscribirse sobre los puntos resueltos y que hubieren sido objeto de apelación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa errónea interpretación de la ley y errónea valoración
- b) Que el juez de primera instancia no hace una correcta valoración de las pruebas
- c) Que no se valoró las declaraciones de los testigos de descargo de fs
- d) Al establecer, el tribunal de apelación, que los reclamos y quejas fueron presentados con
- e) No se hizo una correcta valoración de los arts
- Con estos fundamentos solicita a este Tribunal casar el recurso, por aplicación errónea de los
- CONSIDERANDO: Que, revisado el recurso, se advierte que el mismo no cumple estrictu sensu con
- Por otro lado, recurre en casación de fondo y acusa infracción de normas adjetivas, olvidando
- Sin embargo y aún prescindiendo consideraciones respecto de las deficiencias del recurso y tomando en
- Ahora bien, el convencimiento anterior, encuentra respaldo en la conducta procesal del demandado que primero
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra razones para dar cabida
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
