En grado de apelación, por auto de vista Nº 208/03 de 23 de octubre de
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación fs. 128-131, interpuesto por Javier Rodrigo Saravia Pozo, contra el auto de vista Nº 208/03 de 23 de octubre de 2003 (fs. 125), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue el recurrente contra Ruddy Vargas Revollo, propietario del Club Underground, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 27/2002 de 11 de abril de 2002 (fs. 96-97-B), declarando probada en parte la demanda de fs. 4-6, ordenando al demandado, pague a favor del actor, la suma de Bs.- 9.075.-, por concepto de indemnización por 7 meses de servicio, desahucio, duodécimas de aguinaldo gestión 2001 y duodécimas de prima gestión 2001.
En grado de apelación, por auto de vista Nº 208/03 de 23 de octubre de 2003 (fs. 125), se confirma en parte la sentencia apelada, reliquidando los beneficios sociales en la suma de Bs.- 12.136.-, por concepto de indemnización por 1 año, 1 mes y 4 días, desahucio, vacación, aguinaldo y duodécimas de prima de la gestión 2000
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 208/03 de 23 de octubre de
- Que, contra el auto de vista de 23 de octubre de 2003, la parte demandante,
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis en relación a los datos
- 2
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
