Al respecto, el Tribunal Supremo, resolviendo un caso similar, declaró legal la compulsa estableciendo lo
Al respecto, el Tribunal Supremo, resolviendo un caso similar, declaró legal la compulsa estableciendo lo siguiente: "En el sublite la discusión se centra en la ejecutoria misma de la sentencia, de ahí que el auto de vista está inmerso dentro de la previsión del art. 255.3) del Cód. de Pdto. Civ. Por tratarse de un auto interlocutorio que pone término al litigio, por lo que correspondía al tribunal ad quem conceder la impugnación extraordinaria y será el tribunal supremo el que analizará el recurso y su procedencia o improcedencia"
- DISTRITO : La Paz PROCESO: Compulsa
- VISTOS: El recurso de compulsa de fs
- CONSIDERANDO: Conforme a la previsión del art
- En ese marco normativo, la competencia del Tribunal al momento de resolver la compulsa, ha
- CONSIDERANDO: En la especie, el argumento del tribunal ad quem para negar la concesión del
- Al respecto, el Tribunal Supremo, resolviendo un caso similar, declaró legal la compulsa estableciendo lo
- Ahora bien, contrastando la jurisprudencia citada con los antecedente remitidos a este tribunal, se advierte
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- De conformidad con el art
- Regístrese notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 28 de septiembre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
