Que, contra el auto de vista de 27 de febrero de 2004, la entidad demandada,
Que, contra el auto de vista de 27 de febrero de 2004, la entidad demandada, invocando el amparo de los arts. 52 del Cód. Proc. Trab.; 250 y 253 del Cód. Pdto. Civ.; interpone recurso de casación en el fondo, acusando genéricamente la violación del art. 16 de la L.G.T. y 9º de su D.R., sin un petitorio claro que haga a su derecho limitándose señalar que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación, en casación aplicará las disposiciones correspondientes y fallará conforme a derecho
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 045/2004 SSA-III de 27 de febrero
- Que, contra el auto de vista de 27 de febrero de 2004, la entidad demandada,
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis en relación a los datos
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
