Con referencia a lo expresado, la misma carece de fundamento, porque este argumento ya fue
Con referencia a lo expresado, la misma carece de fundamento, porque este argumento ya fue planteado en apelación y, mereció análisis y resolución por el tribunal de alzada; al presente carece de relevancia, al desconocer el principio de especificidad y lo impuesto por los arts. 57 del C.P.T. y 251-I del Pdto. Civil, al no estar comprendido en ninguna de las causales de nulidad enumeradas en el art. 247 de la L.O.J., máxime si el fallo fue pronunciado en tiempo hábil desde la fecha que el expediente pasó a despacho para resolución (nota de fs. 37 vta.), en sujeción a los arts. 79 y 80 del Cód. Proc. Trab
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- A su vez, el demandante también plantea recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen de ambos recursos, corresponde analizar si lo denunciado es evidente
- En el recurso de casación en la forma, argumenta en síntesis, que la sentencia fue
- Con referencia a lo expresado, la misma carece de fundamento, porque este argumento ya fue
- II
- Al respecto, la liquidación realizada por el tribunal de apelación obedece a la valoración y
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
