Auto Supremo AS/0768/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2006

Fecha: 11-Sep-2006

Así entonces, lo que no fue desvirtuado por el empleador se tendrá por probado, sin


Así entonces, lo que no fue desvirtuado por el empleador se tendrá por probado, sin que, sin embargo, en ese propósito se tengan que admitir como probados hechos que racionalmente o que la lógica común no pueda asimilar, excepción, la última, que no se advierte en el caso de autos, debido a que las pretensiones del actor no riñen con lo racional