CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: Los recursos de casación de fs. 137-143 y de 148-149, interpuestos, el primero, por Jorge Vargas Ríos en representación del Banco Nacional de Bolivia S.A. y, el segundo, por Carlos Ernesto Leaño Villegas, ambos contra el auto de vista Nro. 211/2003-SSA-III de 30 de octubre de 2003, cursante a fs. 122-123, dentro el proceso social seguido por Carlos Ernesto Leaño Villegas contra el Banco Nacional de Bolivia S.A.; la respuesta del ente financiero de fs. 152-154, el auto concesorio de los recursos de fs. 155, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en suplencia del Juzgado Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la misma ciudad, emitió la sentencia Nro. 37/2002 de fs. 105-106, en 19 de abril de 2002, declarando improbada la demanda y probadas las excepciones de pago y de prescripción
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por el demandante, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte
- El recurso de fs
- CONSIDERANDO II: Que, ingresando a la consideración y análisis de los recursos de casación formulados,
- Conforme se ha expresado en el análisis del recurso de casación interpuesto por parte del
- Por lo brevemente expuesto, corresponde resolver el recurso de la forma establecida en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- La Sra
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
