La Sra
La Sra. Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez, de Sala Civil, convocada a fs. 161, fue de voto disidente, cuyo criterio fue porque se declare infundado el recurso de fs. 137 a 143, interpuesto por el Banco Nacional de Bolivia y Casar el auto de vista con relación al recurso de casación interpuesto por Carlos Ernesto Leaño Villegas y deliberando en el fondo se declare probada la demanda y se disponga la reliquidación de sus beneficios sociales, por todo el tiempo de servicios desde 1979 al año 2000, bono de antigüedad, etc
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por el demandante, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte
- El recurso de fs
- CONSIDERANDO II: Que, ingresando a la consideración y análisis de los recursos de casación formulados,
- Conforme se ha expresado en el análisis del recurso de casación interpuesto por parte del
- Por lo brevemente expuesto, corresponde resolver el recurso de la forma establecida en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- La Sra
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
