CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 72-73, interpuesto por Edgar Claros Mercado, representante de la Empresa Ingeniería y Construcciones ALFA Ltda., contra el auto de vista de 10 de agosto de 2004 (fs. 69-70), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Mario Quisbert Alcon contra la empresa que representa el recurrente, la respuesta de fs. 76, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 59 de 31 de mayo de 2004 (fs. 49-52), declarando probada la demanda de fs. 22-23, con costas, disponiendo que la empresa demandada, cancele a al actor la suma de Bs.- 46.360.-, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, 864 horas extraordinarias e indemnización por accidente de trabajo (18 salarios); además de las actualizaciones
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista de de 10 de agosto de 2004
- Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
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- Consiguientemente, al no ser evidentes las infracciones que acusadas en el recurso, corresponde se aplique
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
