Auto Supremo AS/0893/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0893/2006

Fecha: 28-Sep-2006

De la revisión del proceso, se tiene que los Tribunales de grado actuaron correctamente y


De la revisión del proceso, se tiene que los Tribunales de grado actuaron correctamente y conforme a derecho otorgando a favor del demandante, los derechos sociales demandados, dentro del marco de los principios de congruencia y exhaustividad establecidos en los arts. 227 y 236 del Cód. Pdto. Civ., aún más resolviendo el fondo de la litis al haber establecido la existencia de la relación laboral entre el actor y el demandado, en función del art. 59 del Cód. Proc. Trab.; por cuanto y conforme lo determinaron ambos Tribunales, el demandado no dio cumplimiento a lo dispuesto por los arts. 66 y 150 del adjetivo laboral indicado, pretendiendo en la vía del recurso de casación, revisar hechos que ya fuerón discutidos y resueltos en su oportunidad. En suma no se ha desvirtuado las bases o fundamentos de sustentación del auto de vista recurrido, con una fundamentación racional, circunstanciada y apropiada