Auto Supremo AS/0894/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0894/2006

Fecha: 28-Sep-2006

III


III.- Que, en el caso sub-lite, de la revisión de obrados, principalmente del contrato de trabajo de fs. 16-17, consta que ciertamente se celebró en la ciudad de Oruro, donde se estableció también como domicilio legal de la empresa demandada; ante esta eventualidad, es correcto lo determinado en el auto de vista. Por consiguiente, en lugar de haber provocado una demora injustificada en la tramitación del proceso (con los recursos planteados), que sólo perjudicó al mismo demandante, que incluso ha desconocido el contenido previsto en el art. 130 del Cód. Proc. Trab.; por lo que corresponde su inmediata remisión del proceso por el a quo, conforme lo determinado por los de instancia