Auto Supremo AS/0014/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0014/2007

Fecha: 26-Ene-2007

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, DEJA SIN EFECTO


De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que se limiten a transcribir los antecedentes procesales, los criterios del juzgador expuestos en la resolución en análisis, los fundamentos de las partes o a hacer una relación de normas legales sin que se ponga en evidencia el iter lógico, o camino del razonamiento, seguido por el juzgador a efecto de arribar a determinada conclusión, cumpliendo de esa manera con la previsión del artículo 124 del Código de Procedimiento Penal y asegurando la efectividad de una amplia gama de derechos constitucionales.

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista Nº 146/06 de 1º de marzo de 2006, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz de fojas 231 a 232, disponiendo que la misma Sala dicte uno nuevo observando la doctrina legal establecida en el presente Auto Supremo