Auto Supremo AS/0076/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2007

Fecha: 31-Ene-2007

CONSIDERANDO: que a tiempo de deducir el recurso de casación, el recurrente denuncia que el


CONSIDERANDO: que a tiempo de deducir el recurso de casación, el recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido al fundar su resolución, confirmando la sentencia aplicando la jurisprudencia emitida en el Auto Supremo Nº 417 de 19 de agosto de 2003, debió observar también que en el caso de autos correspondía aplicar el artículo 8 del Código Penal, es decir la tentativa; así refiere que el Auto de Vista impugnado sería contrario a la doctrina legal señalada en los Autos Supremos Nº 7/99, Nº 143/99, Nº 261/02, Nº 131/02 y Autos de Vista Nº 23/02, Nº 73/03 dictado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz y el de 14 de abril de 2003 dictado por la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial