Auto Supremo AS/0082/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2007

Fecha: 31-Ene-2007

Así mismo se advierte que si bien la recurrente sostiene ser inocente y acusa defectuosa


Así mismo se advierte que si bien la recurrente sostiene ser inocente y acusa defectuosa valoración de la prueba testifical, empero no considera que la referida denuncia importa que el juzgador no habría realizado una correcta aplicación de las reglas de la sana crítica; en ese antecedente, era obligación de la recurrente, no sólo precisar el medio probatorio que considera no ha sido debidamente valorado sino, que debió identificar en la fundamentación probatoria intelectiva del fallo de mérito, la apreciación que realiza el titular del órgano jurisdiccional sobre el medio de prueba cuya valoración denuncia errónea, y a partir de ello exponer con criterios jurídicos claros, que máximas de experiencia o que reglas lógicas habrían sido infringidas al otorgar o no valor a determinado medio probatorio