En Autos, si bien la recurrente cuestiona la valoración de la prueba, no considera que
Es en base a la parte de la sentencia donde el juez dice por qué un medio de prueba le merece crédito y cómo lo vincula a los demás elementos obtenidos del elenco probatorio, donde se puede cuestionar la correcta aplicación de las reglas de la lógica, la ciencia o la experiencia, y poder en definitiva impugnar el proceso de valoración de la prueba desarrollado por el Juez de mérito.
En Autos, si bien la recurrente cuestiona la valoración de la prueba, no considera que el recurso de casación es un recurso limitado a cuestiones de puro derecho, no siendo posible que este Tribunal ingrese a revisar cuestiones de hecho, supliendo la obligación de aportar los criterios técnico-jurídicos en base a los cuales se puede cuestionar la actividad valorativa del a quo, abriendo la posibilidad a un examen distinto al ahora solicitado
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir las condiciones formales
- Pide en consecuencia se disponga la casación del Auto de Vista impugnado disponiendo la absolución
- CONSIDERANDO: que si bien el recurso de casación ha sido presentado dentro del término previsto
- Así mismo se advierte que si bien la recurrente sostiene ser inocente y acusa defectuosa
- En Autos, si bien la recurrente cuestiona la valoración de la prueba, no considera que
- Por lo precedentemente expuesto, se evidencia que el recurso deducido no cumple con los requisitos
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia declara INADMISIBLE el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, treinta y uno de enero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
