Auto Supremo AS/0082/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2007

Fecha: 31-Ene-2007

Pide en consecuencia se disponga la casación del Auto de Vista impugnado disponiendo la absolución


Que en el recurso de casación es necesario puntualizar los aspectos cuestionados en la resolución que se impugna e individualizar sus similares en el precedente invocado. También se debe precisar la norma adjetiva o sustantiva aplicada en el Auto de Vista cuestionado, y detallar la norma u otra aplicada en sentido contradictorio en el precedente. Esta precisión de comparación de hechos similares y de normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos debe cumplirse ineludiblemente a tenor del artículo 417 del Código de Procedimiento Penal que de manera imperativa prescribe: "En el recurso se señalará la contradicción en términos precisos".

CONSIDERANDO: que a tiempo de formular el recurso de casación, la procesada refiere que no se demostró que ella fuera autora del delito atribuido al haber sido detenida cuando transitaba por la calle cincuenta metros del lugar donde se encontraba el "bulto" que contenía la sustancia controlada; que la sentencia se basó en defectuosa valoración de la prueba y en errónea aplicación de la ley sustantiva toda vez que ella ofreció un testigo presencial que acreditó que ella no estaba en posesión de la sustancia controlada, y que esa posesión no fue acreditada por los testigos del Ministerio Público; invoca en calidad de precedente contradictorio el Auto de Vista de 8 de agosto de 2003, Ministerio Público c/ José Justo Huaylla Mamani y otros.

Pide en consecuencia se disponga la casación del Auto de Vista impugnado disponiendo la absolución de la procesada o en todo caso la nulidad de obrados hasta el vicio mas antiguo