CONSIDERANDO: que habiéndose citado precedentes contradictorios para el caso de autos, se pasa a considerar
CONSIDERANDO: que habiéndose citado precedentes contradictorios para el caso de autos, se pasa a considerar los mismos. En efecto tenemos:
I.- En el caso de Alberta Saravia Soto, se remite a citar los A.S. Nº178 de 11 de octubre de 1979, Nº 7 de 1º de octubre de 1999; Nº 22 de 4 de abril de 1999; Nº 143 de 20 de octubre de 1999; Nº 149 de 31 de agosto de 1999; Nº 170 sin fecha; Nº 236 de 2 de diciembre de 1999 y Nº 22 de 19 de octubre de 1999, casos en los que no se establece la contradicción existente entre el Auto de Vista recurrido y el precedente contradictorio, careciendo por tanto de cualquier pronunciamiento
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